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Tribunal Oral de Arica condena a 10 años y un día de presidio a autor de homicidio en la población Pampa Nueva

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica condenó hoy –sábado 9 de octubre– a Bryan Andrés Valladares Llantén a la pena de 10 años y un día de presidio efectivo en calidad de autor del delito consumado de homicidio simple. Ilícito perpetrado en septiembre del año pasado, en la población Pampa Nueva de la ciudad.

En fallo unánime (causa rol 241-2021), el tribunal –integrado por los magistrados Héctor Gutiérrez Massardo (presidente), Mauricio Petit Moreno (redactor) y Carlos Rojas Staub– aplicó, además, a Valladares Llantén las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena; más el pago de las costas de la causa.

En tanto, Isrrael Daniel Montt Onostre fue condenado en costas a 3 años y un día de reclusión, con el beneficio de la libertad vigilada intensiva por igual lapso, accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, en calidad de encubridor del delito.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 23:15 horas del 9 de septiembre de 2020, Montt Onostre y Valladares Llantén transitaban a bordo de un vehículo station wagon, color rojo, el cual era conducido por Montt Onostre y en el asiento trasero iba Valladares Llantén, quienes al pasar por calle Bariloche de la población Pampa Nueva de la ciudad de Arica, observaron en la vía pública a la víctima, Ángelo Donoso Monardes, con quien el condenado Valladares Llantén mantenía rencillas pendientes, por lo que le pidió a Montt Onostre detener el vehículo.

Tras descender ambos del automóvil, Valladares Llantén se aproximó a la víctima, procediendo a dispararle con un arma de fuego, impactándola en la cabeza y provocándole una grave lesión que le provocó la muerte poco después, en el Hospital de Arica, debido a un paro cardiorrespiratorio por traumatismo encéfalo craneano (TEC) abierto y complicado.

Tras la agresión, los acusados abordaron el vehículo en que se movilizaban, dándose a la fuga del lugar.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas de los sentenciados para determinar sus respectivas huellas genéticas e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

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