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Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos cuenta con más de 166 mil inscritos a un año de su entrada en vigencia

Actualmente, la deuda alcanza los 95 mil millones de pesos y del total de ingresos de causas, se han realizado 194. 582 inscripciones y 19.229 cancelaciones.

“Gracias a la voluntad transversal del Congreso y al compromiso de múltiples instituciones involucradas, hoy nuestro país cuenta con una mejor institucionalidad para el cumplimiento de las pensiones alimenticias. Esta institucionalidad ha generado un cambio de conciencia respecto a un problema histórico en Chile, como es el no pago, como es el abandono parental”, dijo la ministra de la Mujer y la Equidad de Género, en el balance del primer año de funcionamiento del Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos (RNDPA).

Según la información del Registro Civil, actualizada al 15 de noviembre, durante este año ingresaron 194.582 causas al Registro, de las cuales hubo 19.229 cancelaciones, por lo que aún quedan vigentes 175.353 causas que corresponden a más de 166 mil deudores, ya que existen deudores con más de una causa.

En este contexto, la Seremi de la Mujer y Equidad de Género, de la región de Arica y Parinacota, Camila Roberts Azócar, indicó:
“En nuestra región se registran 2.436 deudas, de las cuales han sido canceladas 213, donde las principales personas deudoras son hombres, con un total de 2.053 deudas, mientras que las mujeres sólo registran 59. Hasta el momento la deuda total registrada es de 2.370.764 millones de pesos, lo que es una forma de violencia económica para todas esas mujeres que han tenido que asumir solas el cuidado y manutención de sus hijos e hijas”.

Del total de personas deudoras, un 97% corresponde a hombres (161.115) y un 3% a mujeres. Hay un total de 224.070 niños, niñas y adolescentes que no reciben pensión según este Registro.

¿Cómo funciona el Registro de Deudores?

Para ingresar al Registro debe existir una causa por pensión de alimentos ante los Tribunales de Justicia. La o el demandante debe solicitar al tribunal la liquidación de la deuda, que será puesta en conocimiento del alimentante. Si éste tiene una deuda de tres meses continuos y/o cinco discontinuos y no hace el pago una vez realizada la liquidación, el Tribunal enviará los antecedentes al Servicio de Registro de Identificación, para que éste inscriba lo inscriba en el RNDPA.

Algunas consecuencias de ingresar al Registro son: la retención de las devoluciones de impuestos en la operación renta de cada año, la imposibilidad de obtener o renovar la licencia de conducir y/o el pasaporte y la retención de operaciones de crédito (desde 50 UF o más alcanzará un 50%), entre otras medidas.

Además, a partir de la ley de Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Pensiones de Alimentos, si existe al menos una mensualidad de pensión de alimentos adeudada, se puede solicitar al tribunal que -en primer lugar- ordene el pago de la misma a través de los fondos que el deudor tenga en sus cuentas bancarias, instrumentos de inversión y financieros, y, en segundo lugar, en las cuentas de ahorro previsional voluntario. Esta búsqueda de fondos es realizada por el tribunal de oficio. Si existen tres mensualidades de pensión de alimentos adeudadas, ya sea total o parcial, continua o discontinua, el tribunal ordena el pago mediante los fondos que existan en la cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias del deudor, sí y solo sí, el alimentante no mantiene fondos en cuentas bancarias, cuentas de APV o instrumentos financieros o de inversión, o si éstos son insuficientes para el pago total de la deuda.

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