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Corte Suprema acoge recurso de amparo y revoca expulsión de ciudadano boliviano

El tribunal consideró la expulsión desproporcionada, destacando el proceso de reinserción social y el arraigo familiar del afectado.

La Corte Suprema ha resuelto acoger el recurso de amparo presentado por la Defensoría de Arica y Parinacota en favor de Marcos William Campos Arandia, ciudadano boliviano condenado en 2019 por tráfico de drogas, cuya expulsión del país había sido decretada por la autoridad migratoria. En un fallo fechado el 30 de agosto de 2024, la Corte revocó la decisión emitida por la Corte de Apelaciones de Arica que rechazaba el recurso, declarando que la expulsión resulta desproporcionada e ilegal.

Campos Arandia fue condenado a 6 años de presidio por tráfico de drogas bajo la Ley 20.000, pena que cumplió en parte de manera efectiva y luego a través de libertad condicional. Según los argumentos expuestos, el afectado ha mantenido una conducta sin nuevas condenas y ha demostrado un proceso efectivo de reinserción social.

El abogado defensor Carlos Miranda Rodríguez, a cargo de la Defensa Especializada de Personas Extranjeras y Migrantes de la defensoría regional, señaló: «Este fallo es una clara señal de que las decisiones administrativas deben considerar no solo los antecedentes judiciales, sino también la realidad social y familiar de las personas. En este caso, se ha reconocido que Marcos ha cumplido con su proceso de reinserción y tiene un arraigo profundo en Chile, donde viven sus dos hijos, uno de ellos de nacionalidad chilena».

Por su parte, el usuario de la defensoría, Marcos William Campos Arandia, manifestó su gratitud: «Estoy muy agradecido con la Defensoría por su apoyo y compromiso. No solo me ayudaron a evitar la expulsión, sino que me permitieron seguir construyendo mi vida junto a mis hijos en Chile. Esta defensa ha sido clave para asegurar mi futuro en este país».

El fallo subraya que, si bien la autoridad migratoria tiene cierta discrecionalidad para decidir sobre expulsiones, esta debe estar regulada por la ley, y la decisión de expulsar a Campos Arandia se fundamentó únicamente en antecedentes formales, sin evaluar sus circunstancias personales y familiares.

La Corte argumentó que la medida no ponderó adecuadamente estos factores, convirtiéndose en una sanción desproporcionada que afecta negativamente la estabilidad familiar y el proceso de reinserción del afectado. Así, la sentencia dictada por la Segunda Sala de la Corte Suprema revocó la expulsión y dejó sin efecto la resolución administrativa emitida por la autoridad migratoria.

La importancia de este fallo radica en que, además de considerar los factores familiares y de reinserción social, cuestiona la legalidad del acto administrativo discrecional. Este precedente podría ser de gran valor para futuros recursos, al poner énfasis en la necesidad de evaluar las circunstancias personales y los principios de juridicidad en decisiones de este tipo.

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