Policial

Absuelven a acusados por homicidio por falta de pruebas

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica absolvió a Nelson Jesús Vega Correa y Pamela Andrea Cuito Quea de los cargos formulados en su contra por el Ministerio Público, que los sindicaba como autores del delito consumado de homicidio simple. Ilícito que habrían cometido en noviembre de 2017, en la ciudad.

En fallo unánime, el tribunal decretó la absolución de los acusados, tras establecer que en el juicio el ente persecutor no logró acreditar la participación de los acusados en el delito.

“Que por estas consideraciones, no se ha alcanzado la convicción necesaria para establecer la participación en el ilícito de los acusados y dictar una sentencia de condena a su respecto. Al efecto para alcanzar una decisión de condena el estándar de prueba debe ser capaz y suficiente para desterrar cualquier duda razonable en cuanto a la existencia del hecho punible y la participación de los acusados, pues se trata de poner en actividad el derecho punitivo, que constituye la ‘última ratio’», establece el fallo.

Resolución que agrega: “De esta forma, la falta de certeza representa la imposibilidad del Estado de destruir la presunción de inocencia establecida en la ley, en la constitución y en los tratados internacionales sobre derechos que emanan de la propia naturaleza humana, los cuales se encuentran vigentes y ratificados por Chile. Así, en virtud del principio in dubio pro reo, como manifestación de la presunción de inocencia, ante una duda razonable ha de resolver, el tribunal, a favor del acusado”.

El tribunal adquirió, más allá de toda duda razonable, la convicción acerca de la ocurrencia de los siguientes hechos:
“El día 5 de noviembre de 2017 en horas de la mañana, por el sector de calle Pedregal Bajo cerca de la copa de agua del campamento Coraceros en Arica, se encontró a Alexis Soto Zamora con diversas lesiones en el cuerpo y en la cabeza, quien fue trasladado e internado en Hospital Juan Noé, falleciendo a las 18.37 horas del día 10 de noviembre de 2017, producto de una hemorragia mixta extra y subdural a raíz de un trauma craneoencefálico cerrado, por fracturas múltiples de cráneo”.

Fuente : Poder Judicial

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