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TOP de Arica condenó a 5 años de libertad vigilada intensiva a autor de los delitos de fabricación de droga sintética y microtráfico

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica condenó hoy –miércoles 2 de septiembre– a Francisco Leonel Loayza Cabello a 3 años y un día y 100 días de presidio, en calidad de autor de los delitos de fabricación de droga sintética (DMT) y tráfico ilícito de estupefacientes en pequeñas cantidades, respectivamente. Ilícitos descubiertos en septiembre del año pasado, en la ciudad.

En fallo dividido (causa rol 193-2020), el tribunal –integrado por los magistrados Héctor Gutiérrez Massardo (presidente), Sara Pizarro Grandón (redactora) y Carlos Rojas Staub– aplicó, además, a Loayza Cabello las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta cargos y oficios públicos mientras dure la condena (elaboración de drogas); y la suspensión de empleo u oficio público mientras dure la condena (microtráfico); mas el pago de una multa total de 2 UTM.

En la causa, el tribunal decretó la absolución de Loayza Cabello de la acusación del Ministerio Público que lo sindicaba como autor del presunto delito de desvío de precursores.

Por cumplir el condenado los requisitos del artículo 15 bis de la ley 18.216, el tribunal sustituyó el cumplimiento efectivo “(…) por la libertad vigilada intensiva, por un término de CINCO AÑOS, debiendo para ello sujetarse al cumplimiento de un programa de actividades orientado a su reinserción social”.

DMT a Domicilio

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que conforme a los antecedentes aportados por un cooperador eficaz, se logró detectar que Francisco Leonel Loayza Cabello se dedicaba a la venta y elaboración artesanal de DMT (Dimeltiltriptamina), una droga sintética alucinógena similar al LSD.

Información que permitió el 26 de septiembre de 2019, el Juzgado de Garantía de Arica autorizara la entrada y registro de la vivienda del acusado, ubicada en calle Lastarria, inmueble donde la policía incautó dos fuentes de vidrios con restos de cristales de DMT con un peso bruto de 1.294 gramos; dos botellas de vidrio contenedoras de 6.069 gramos del mismo alcaloide; una bolsa de nailon con restos de soda cáustica con un peso bruto de 112 gramos, además de otras botellas de bebidas de fantasías con DMT de diverso gramaje.

En dicho contexto, también se encontraron elementos para la elaboración del DMT, entre ellos éter y nueve bolsas de nailon contenedoras de 53 gramos de cannabis sativa.

Además, el análisis efectuado por el OS7 de Carabineros, al teléfono utilizado por Loayza Cabello, permitió establecer que el condenado participaba activamente en diversos grupos online de venta de drogas sintéticas, entre ellos el denominado “Psicodélicos, hongos y DMT”, con más de 256 usuarios, el que creó, administró y utilizó como principal proveedor de sustancias ilícitas, utilizando la modalidad de delivery (entrega a domicilio).

Decisión acordada con el voto en contra de la magistrada Pizarro Grandón, quien estuvo por absolver de Loayza Cabellos del cargo de microtráfico, por considerar que “la conducta desplegada por el acusado constituyó una sola unidad de acción siendo subsumidas todas ellas al alero del artículo 1 de la ley 20.000”.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

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