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Tribunal Oral de Arica condena a 5 años y un día de presidio efectivo a autor del delito de violación de expareja

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica condenó hoy –sábado 21 de noviembre– a E.A.H.U. a la pena de 5 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autor del delito consumado de violación. Ilícito perpetrado en agosto del año pasado, en el sector de Pedregal Bajo de la ciudad.

En fallo dividido, el tribunal –integrado por los magistrados Gonzalo Brignadello Cruz (presidente), Salvador Garrido Aranela (redactor) y Carlos Rojas Staub– aplicó, además, a E.A.H.U. las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena; más la medida accesoria de prohibición de acercarse a la víctima, a su domicilio, lugar de trabajo, estudios o cualquier lugar que habitualmente frecuente, por el plazo de un año, “debiendo oficiarse en su oportunidad a carabineros correspondientes al domicilio de la víctima para su debido cumplimiento”.

El acusado deberá purgar también las penas de 541 días y 61 días de presidio como autor de los delitos consumados de desacato y lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, respectivamente. Ilícitos perpetrados el 28 de octubre de 2018.

Finalmente, el tribunal decretó la absolución de E.A.H.U., por falta de acreditación, de los cargos formulados en su contra por el Ministerio Público que lo sindicaban como autor de los delitos consumados de lesiones menos graves, amenazas simples y desacato en contexto de violencia intrafamiliar, supuestamente cometidos el 6 de septiembre de 2018.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que en horas de la madrugada del 21 de agosto de 2018, la víctima caminaba por el sector de Pedregal Bajo, al sur de la ciudad de Arica, lugar donde fue interceptada por el condenado, su exconviviente, “quien trató de abrazarla y darle un beso a la fuerza y, al rechazarlo, E.A.H.U. le mordió la cara. Acto seguido, la intimidó y amenazó con un punzón artesanal en el cuello, obligándola a ir hasta su pieza, ubicada en el sector de la ribera del río San José, Pedregal Bajo, lugar en el cual la golpeó reiteradamente con un palo, la amenazó con agredirla con el punzón para someterla y luego la violó”.

Al día siguiente, se desarrolló una audiencia de control de la detención en el Juzgado de Garantía, tribunal que decretó en contra del imputado la medida cautelar de prohibición de acercarse a la víctima, advirtiéndole que su incumplimiento configuraría el delito de desacato.

Pese a dicha advertencia, nuevamente en horas de la madrugada, pero del 28 de octubre de 2018, cuando la víctima caminaba por calle Tambo Quemado, en dirección al domicilio de su madre, fue abordada por E.A.H.U., quien comenzó a increparla. “Al tratar de oponerse le mordió el dedo de la mano izquierda y le pegó con un palo en las piernas, ello, pese a que, se encontraba válidamente notificado de la prohibición de acercamiento que le fuera previamente impuesta mediante resolución judicial de 22 de agosto de 2018 en esta causa”.

A consecuencia de la agresión, la víctima resultó con lesiones de carácter leve, consistentes en mordedura humana en dedo índice izquierdo y equimosis en muslo izquierdo, según el registro de primera atención.

Decisión adoptada con el voto en contra del juez Rojas Staub.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

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