Ministerio de Educación oficializa a Manuel Rodríguez como nuevo director suplente del SLEP Chinchorro

La Dirección de Educación Pública, en coordinación con el Ministerio de Educación, informa que Manuel Rodríguez Carrasco, ha sido nombrado director suplente del Servicio Local Chinchorro, entidad encargada de administrar la educación pública en las comunas de Arica, Camarones, General Lagos y Putre.
La nueva autoridad educativa, designada por el Presidente de la República, José Antonio Kast, tendrá el foco en la mejora de los aprendizajes y el fortalecimiento de la gestión administrativa del Servicio Local.
Manuel Rodríguez, es Profesor de Estado en Inglés de la Universidad de Chile, Orientador Educacional de la Universidad Católica del Norte y Magister en Educación con Mención en Administración Educacional de la Universidad de Tarapacá. Cuenta además con formación especializada en Currículum, Evaluación Educacional, en Administración y Gestión Directiva y en Gestión Estratégica Educacional.
Durante su trayectoria profesional ha desarrollado una sólida carrera en el ámbito de la educación pública y de la educación superior. En este contexto, se ha desempeñado como docente de aula, como Orientador Educacional y como Director Titular de los Liceos Antonio Varas, Politécnico de Arica y Liceo Instituto Comercial de Arica.
Además, se ha desempeñado como Académico de la Universidad de Tarapacá, Director Académico de la Universidad Santo Tomás de Arica y como Subdirector Académico de Inacap Arica.
La presentación del director suplente del SLEP, estuvo liderada por el Jefe de la Unidad de Gestión Territorial de la Dirección de Educación Pública, Rodrigo Villegas, junto a la Seremi de Educación Regional, Marcela Pia Urrutia.
El nombramiento se realiza según lo establecido en la ley, que dispone de un mecanismo legal para responder a situaciones críticas a fin de asegurar la continuidad en la entrega del servicio educacional. En ese sentido, el director de la DEP puede solicitar, excepcionalmente, al presidente de la República la designación de un director ejecutivo suplente, sin sujeción a las normas del Sistema de Alta Dirección Pública, cuando el cargo se encuentre vacante o no está siendo ejercido por su titular, bajo las circunstancias y condiciones que la propia norma señala.
La duración máxima de la suplencia es un año, pudiendo extenderse solo en caso de un proceso de remoción en curso o proceso de selección regular en trámite.



