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Corte de Arica aprueba solicitar a Perú la extradición de imputadas por tráfico de migrantes

La Corte de Apelaciones de Arica acogió hoy –jueves 23 de diciembre– la petición del Ministerio Público de solicitar a Perú la extradición activa de Rosa Elena Huanca Cama y Carmen Julia Huanca Catachura, imputadas por el ente persecutor como autoras del delito consumado y reiterado de tráfico de migrantes. Ilícitos perpetrados durante 2019, en la ciudad.

En fallo unánime (causa rol 506-2021), la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por el ministro Marcelo Urzúa Pacheco, el fiscal judicial (s) Rodolfo Maldonado Mansilla y el abogado integrante Mario Palma Sotomayor– acogió la solicitud y remitió al Ministerio de Relaciones Exteriores todos los antecedentes y actuaciones realizadas ante el Juzgado de Garantía de Arica, que fundamentan la extradición de la ciudadanas peruanas.

“(…) los antecedentes que sirvieron al Ministerio Público para sostener la formalización en ausencia de las imputadas Rosa Elena Huanca Cama y Carmen Julia Huanca Catachura –que la Jueza de Garantía hizo suyos para decretar su prisión preventiva–, fueron detalladamente expuestos en esta audiencia, los que a juicio de esta Corte, revisten la suficiencia e idoneidad necesaria para sostener la presente solicitud”, sostiene el fallo.

La resolución agrega: “Que, de la relación de los hechos y la normativa referida precedentemente, se desprende que los hechos por los que se encuentran formalizadas las imputadas revisten carácter de delito, tanto en este país como en Perú; que tal ilícito tiene asignada una pena privativa de libertad superior a un año; que la acción penal no se encuentra prescrita y que se trata de un delito común, en oposición a uno político, perpetrado en territorio nacional, por lo que concurren, en la especie, todos los presupuestos que hacen procedente la presente solicitud, dado que entre Chile y Perú existe el Tratado de Extradición, suscrito en Lima el día 5 de noviembre del año 1932”.

“Que, a juicio de esta Corte, la incompetencia de los tribunales de justicia chilenos para conocer de los delitos por los cuales han sido formalizadas las requeridas, argumento en que el defensor planteó para que se desestimara la petición de extradición, es una cuestión que debe ser promovida en la instancia respectiva, puesto que este tribunal de alzada solamente está facultado para emitir pronunciamiento exclusivamente sobre la extradición activa impetrada por el Ministerio Público, en virtud de lo dispuesto en el artículo 431 del Código Procesal Penal”, añade el fallo.

Por tanto, se resuelve:

I.- Que SE ACOGE la solicitud de extradición activa del Ministerio Público, respecto de Rosa Elena Huanca Cama, DNI N° 02427268, y de Carmen Julia Huanca Catachura, DNI N° 42205387, ambas formalizadas en ausencia en la causa RUC Nº 1900229003-3; RIT N° 6002-2021 del Juzgado de Garantía de esta ciudad, por el delito reiterado de tráfico ilícito de migrantes, en grado de ejecución consumado y en calidad de autoras, previsto y sancionado en el artículo 411 bis del Código Penal, quienes se encuentran actualmente radicadas, la primera, en Calle Asociación 28 de agosto Manzana 303 Lote 21, Distrito de Ciudad Nueva, Provincia de Tacna, Departamento de Tacna, y la segunda, en la localidad Alto Patacollo Sector Segundo Irujani, Puno; ambos de Perú.

II.- Que, para estos efectos, ofíciese al Ministerio de Relaciones Exteriores, remitiendo copia de todos los antecedentes y actuaciones realizadas ante el Tribunal de Garantía de esta ciudad, debidamente autorizadas, especialmente copia íntegra del acta de formalización y copia autorizada de la presente resolución y todos aquellos a que se refiere el inciso segundo del artículo 436 del Código Procesal Penal, y hecho, devuélvanse estos antecedentes al Tribunal de Garantía de esta ciudad”.

Según el ente persecutor, las imputadas actuaron concertadas y con ánimo de lucro en cuatro ingresos ilegales de migrantes, registrados durante 2019. Ocasiones en que ambas se concertaban para arribar hasta el Complejo Fronterizo Chacalluta, en la frontera con Perú, donde las víctimas –la mayoría de nacionalidad peruana y dominicana– burlaban el control migratorio de la PDI, pasando directamente al control del Servicio Agrícola y Ganadero mediante la utilización de una declaración jurada falsificada de la policía civil. Concluido el trámite, las víctimas eran trasladadas vía terrestre hasta Arica.

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