El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica condenó a Miguel Ángel Álvarez Flores a la pena de 7 años de presidio efectivo, en calidad de autor del delito frustrado de robo con violencia. Ilícito perpetrado en diciembre del año pasado, en la ciudad.
En fallo unánime (causa rol 205-2019), el tribunal –integrado por los magistrados Ana Paula Sepúlveda Burgos (presidenta), Gonzalo Brignardello Cruz (redactor) y Mauricio Petit Moreno– aplicó, además, a Álvarez Flores las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para el desempeño de cargo u oficio público y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares durante el tiempo de la condena.
La resolución dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 23 horas del 8 de diciembre de 2018, en un paradero de locomoción colectiva –ubicado en la intersección de la avenida Cancha Rayada y el pasaje Chorrillos– el acusado Miguel Ángel Álvarez Flores abordó a la víctima de iniciales A.A.F.C., quien estaba sentado en el paradero en compañía de la testigo de iniciales A.A.C.I.
Álvarez Flores se avalanzó por la espalda en contra de la víctima de iniciales A.A.F.C. y tomó y tiró una cartera que tenía en uno de sus brazos, no logrando arrebatársela; ante lo cual el acusado le sustrajo a la víctima un teléfono celular que la víctima tenía en su mano, avaluado en 500 mil pesos.
El acusado huyó por el pasaje Chorrillos seguido por la víctima A.A.F.C. y la testigo A.A.C.I., “instantes en que aproximadamente a unos 20 metros del lugar del robo, la testigo de iniciales L.A.M.O., quien portaba un escobillón intentó detener al acusado, quien para evitar la resistencia u oposición al robo, tomó un escobillón y le propinó un golpe en la cabeza a la víctima de iniciales L.A.M.O., ocasionándole traumatismo y dolor a la palpación en la cabeza, lesiones leves; siendo detenido en el lugar el acusado, quien tenía en su poder el teléfono sustraído previamente”.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinación su huella genética e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados.
Fuente : Poder Judicial